jueves, 10 de julio de 2008

La sentencia judicial del ‘caso avales’ del Barça será condenatoria según fuentes periódisticas y la Junta Directiva de Laporta tendría que avalar

http://www.sport.es/default.asp?idpublicacio_PK=44&idioma=CAS&idnoticia_PK=525656&idseccio_PK=849

El titular del Juzgado de Instrucción número 24 de Barcelona ya ha redactado la sentencia y se tendrá que avalar.

Una nueva estocada se le presenta a la nueva junta de Joan Laporta, pues el juez Antonio Nuño de La Rosa y Amores está a punto de facilitar la sentencia que obligará a la más que probable remodelada directiva del FC Barcelona a presentar avales por valor del 15 por ciento del presupuesto de la temporada que acaba de comenzar (la que va del 1 de julio de 2008 al 30 de junio del 2009) y que asciende a 355 millones de euros.

La denuncia la hizo el socio Vicenç Plá i Cebrián contra todos los miembros de la junta directiva del FC Barcelona al considerar que todos ellos deberían de avalar cada temporada el 15% del presupuesto de gastos, según preve la Ley del Deporte para los clubs que no son Sociedades Anónimas.

El argumento que esgrimía la directiva comandada por Joan Laporta es que no debían avalar, ya que desde la temporada 2003-04 habían generado suficientes beneficios para no tener que prestar la oportuna garantía. La reclamación del socio argumentaba que los 8 días de junio de 2003 constituían la primera temporada de esta junta -cosa que los directivos actuales nunca han querido reconocer- y que aquel ejercicio económico se cerró de forma polémica y con decisiones de la junta que provocaron una pérdidas de 164 millones de euros.

El juez aceptará los argumentos del socio y obligará a la junta a través de la sentencia a avalar el 15% del presupuesto de gastos de la temporada 2008-2009 de forma inmediata a todos los directivos, de forma mancomunada. El presupuesto de gasto de la temporada 2008-2009 es de 355 millones de euros, por lo que el aval deberá ser de 53,25 millones de euros.

Esto significará que cada uno de los 18 directivos deberá avalar individualmente como consecuencia de la sentencia la cantidad de 2,95 millones de euros y soportar cada uno un gasto de tramitación del aval de aproximadamente 30.000 euros.

La obligación de constituir el aval no puede ser interpretada de forma retroactiva, ya que no tiene sentido avalar un ejercicio ya cerrado y que ha producido beneficios, y a la vez la obligación de avalar será para la temporada que se acaba de iniciar.

Esta sentencia aportará mas presión a la directiva. Es muy posible que algunos directivos no quieran avalar y otros no puedan hacerlo. Si se produce cualquiera de estas dos circunstancias, algunos directivos deberán dejar su cargo y ser sustituidos por otros dispuestos a hacerlo.

Es también posible que la publicación de la sentencia cree una gran convulsión en la ya tan inestable junta y que precipite la convocatoria de elecciones. La sentencia podrá ser recurrida judicialmente a instancias superiores por la directiva, pero falta por ver si el juez obliga a constituir de forma cautelar el aval, ya que no tendría sentido que el recurso se alargase por mucho tiempo y que el club quedase desprotegido al no tener en vigor el correspondiente aval.

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