lunes, 26 de diciembre de 2011

La justicia suspende el Consejo de Administración del Racing de Santander S.A.D. y toma el mando una administración concursal






El Juzgado de lo Mercantil número 1 de Santander ha declarado este viernes en concurso de acreedores al Real Racing Club de Santander, después de que este jueves la entidad presentara toda la documentación necesaria para acogerse a esta figura jurídica.

En el auto, dictado esta mañana, se designan como administradores concursales al abogado Alejandro Alvargonzález Tremols, al economista Santiago Ruiz Asenjo, y como acreedor a la Agencia Estatal de la Administración Tributaria, "atendiendo a la indudable relevancia de su crédito".

Asimismo, la titular del Juzgado ha decidido intervenir las facultades de administración y disposición del Club, que quedarán supervisadas por la administración concursal y, en último término, por el Juzgado.

Según señala el auto, "no habiéndose apreciado circunstancias que justifiquen la modificación del régimen generalmente previsto, se acuerda inicialmente la conservación de las facultades de administración y disposición sobre su patrimonio por parte del concursado".

En la resolución, la juez indica que "la solicitante ha concluido los últimos ejercicios con unos fondos propios negativos", lo que "permite concluir que se encuentra en situación de insolvencia actual, por estar, ante las circunstancias anteriores, imposibilitada para cumplir sus obligaciones exigibles y para acudir a fuentes económico-financieras en condiciones normales de mercado con el objeto de atender las mismas".

Con la publicación de esta resolución judicial en el Boletín Oficial del Estado, que la juez ha ordenado que se realice de inmediato, se abre el plazo de un mes para que los acreedores comuniquen sus créditos mediante la presentación de la documentación original acreditativa directamente ante el Juzgado o bien dirigiéndose a la administración concursal.

Pasivo superior a 37 millones de euros

A la hora de dictar el auto, la titular del Juzgado ha tenido que examinar toda la documentación presentada por el Club. Según establece la Ley Concursal, junto a la solicitud de concurso, la deudora debe presentar una memoria explicativa de la historia económica y jurídica del Club, de los motivos por los que se encuentra en situación de insolvencia y de las posibilidades de viabilidad y continuidad de su actividad evitando la desaparición.

Además, un inventario de bienes, con su valor de adquisición y una estimación del valor real actual; y la relación de acreedores que tiene el Club, junto con la cuantía y el vencimiento de los respectivos créditos. Asimismo, ha tenido que aportar la documentación contable que lleva obligatoria.

Fruto de ese examen, el auto señala que "la lista de acreedores refleja que sobre la solicitante pesa un importante pasivo que supera 37.000.000 euros que se distribuye en su parte sustancial entre la AEAT y los jugadores que integran la plantilla del primer equipo o vinculado con derechos de imagen de éstos".

"El resto de los créditos que conforman la lista de acreedores se corresponden en una importante proporción con deudas ya vencidas o de inmediato o cercano vencimiento. A dichos créditos han de unirse para valorar la efectiva situación patrimonial de la solicitante los que necesariamente se van a ocasionar con carácter inmediato como consecuencia de la continuidad de su actividad, especialmente, su permanencia en la competición deportiva de primera división de fútbol de la Liga de Fútbol Profesional", señala el auto.

Por otro lado, según se extrae de la lista de acreedores aportada, su activo, que se valora en términos de mercado por la solicitante en 44.000.000 euros, está en su mayor parte integrados por derechos vinculados con los derechos federativos de los jugadores que integran la plantilla del equipo de primera división, que fueron pignorados a favor de la AEAT en fecha inmediatamente anterior a la solicitud, "derecho proveniente de la cesión gratuita de terrenos y derechos vinculados con la propia marca que constituye un activo intangible esencial para la continuación de su actividad deportiva", señala el auto.