sábado, 24 de septiembre de 2011

El Congreso de los Diputados aprueba la reforma de la Ley Concursal para impedir que los clubes deportivos en suspensión de pagos eviten el descenso de categoría por deudas




http://www.europapress.es/deportes/futbol-00162/noticia-varios-clubes-suspension-pagos-descenderan-deudas-partir-julio-2012-20110922153912.html


El Congreso de los Diputados ha aprobado este jueves de forma definitiva la reforma de la Ley Concursal y con ello ha dado vía libre a la modificación que, a partir de julio de 2012, impedirá que los clubes deportivos en suspensión de pagos eviten el descenso de categoría por deudas.

Hasta ahora, a los clubes sujetos a un procedimiento concursal no se les aplica la sanción de descender de categoría por no pagar las deudas pendientes con la Seguridad Social, con sus deportistas o con otros acreedores. Prevalece el criterio de que su clasificación es un activo de la entidad que no debe perderse porque haría peligrar sus ingresos.

Con ese sistema, son muchos los clubes de fútbol y de otros deportes que se han acogido a la Ley Concursal, poniéndose voluntariamente en manos de un juez, para así asegurarse de que las deudas no les harían perder la categoría, mientras que los demás equipos, que aseguran destinar sus recursos al pago de deudas para no entrar precisamente en un concurso de acreedores, se sienten discriminados.

Para romper con esa dinámica, el Gobierno incluyó en su proyecto de reforma de la Ley Concursal una disposición adicional para dejar claro que la sujeción al procedimiento concursal "en todo caso no impedirá la aplicación de las disposiciones con rango de ley reguladoras de la participación en la competición".

EVITAR INTERFERENCIAS EN LA COMPETICIÓN

Según argumentaba el Ejecutivo, se trata de "evitar interferencias indeseables en las competiciones deportivas" pues "el incumplimiento de las reglas de juego exigibles para poder participar en ciertas competiciones deportivas por parte de las entidades concursadas, compromete a la competición en su conjunto y a los potenciales competidores".

"Con esta reforma se pretende evitar las distorsiones que pueden plantear tanto la aplicación de una lógica exclusivamente económica a las actividades deportivas, como la preterición absoluta de legislación que regula la participación en competiciones deportivas, evitando así el uso indeseado o abusivo de ciertos instrumentos previstos en la Ley Concursal y garantizando la estabilidad e igualdad en las competiciones deportivas", sostenía el Gobierno.

Frente a ello, el PP presentó una enmienda para mantener la situación actual alegando que la aplicación de las normas deportivas podría poner en serio peligro la supervivencia de las entidades deportivas declaradas en concurso" pues les obligaría a perder "todos los ingresos derivados de taquillas, abonos, derechos televisivos, patrocinios institucionales, contratos o derechos de imagen, y, a su vez, se cercena la posibilidad de futuros traspasos".

EN SEIS MESES, UNA LEY ESPECÍFICA

Para llegar a un acuerdo, el PSOE ofreció dejar que sea el Gobierno el que, en los seis meses posteriores a la entrada en vigor de la reforma, presentase un proyecto de ley específico sobre las especialidades de los clubes deportivos en fase concursal, sin renunciar mientras tanto al objetivo del Gobierno de permitir que estos equipos puedan descender de categoría en caso de impagos.

Así se fraguó el acuerdo en el Congreso el pasado mes de julio, que se ratificó sin cambios en el Senado hace una semana. Este jueves ha llegado la aprobación definitiva de la reforma, cuyos efectos se verán el 31 de julio de 2012, cuando se aplique ya sin excepciones el precepto que determina que los clubes que no están al día en el cumplimiento de sus obligaciones salariales con los deportistas u otro club, bajan de categoría.

En declaraciones a Europa Press, fuentes del Consejo Superior de Deportes (CSD) expresaron su "satisfacción" por que esta iniciativa del Gobierno, a instancias del propio CSD, "beneficiará la gestión de los clubes de fútbol".

sábado, 17 de septiembre de 2011

Un juez suizo exige a la UEFA anular el grupo del Atlético de Madrid para readmitir al Sion en la Europa League




http://www.as.com/futbol/articulo/juez-suizo-exige-uefa-anular/20110917dasdaiftb_1/Tes


El juez Hack, titular del juzgado suizo del cantón de Vaud en el que tiene su sede la UEFA, dictó ayer una sentencia en la que insta al organismo futbolístico a invalidar los partidos, los resultados y la clasificación del grupo del Atlético de Madrid en la Europa League en tanto no se atienda la petición del Sion de ser repuesto en la competición según la sentencia emitida por el mismo juzgado el pasado martes día 13. El juez titular de la Corte Civil de Suiza advierte en el edicto que "la ordenanza se comunica para su ejecución inmediata", y lo pone en conocimiento de la propia UEFA, que no ha contestado al requerimiento judicial y guarda silencio.

Esto supone que los tribunales suizos, la justicia ordinaria, anulan el Grupo I de la Europa League, invalidan todos los resultados y toman en consideración la reclamación del Sion, que fue excluido de la competición tras denuncia del Celtic por alineación indebida, circunstancia que anuló la justicia ordinaria, que a comienzos de semana instó a la UEFA por auto judicial a readmitirle en la competición. Pese a ello, el organismo que preside Platini hizo oídos sordos y envió el pasado jueves al Celtic de Glasgow y no al Sion a Madrid, a jugar frente al Atlético en el primer partido del Grupo I. El Atlético de Madrid se impuso por 2-0 al Celtic, equipo que perdió con el Sion en el campo pero al que ganó en los despachos, en la primera jornada del grupo, mientras que el Udinese se imponía al Rennes por 2-1. El juez Hack anula en su auto los dos partidos, sus respectivos resultados y la clasificación del grupo.

La sentencia. El auto judicial emitido ayer, cuyo documento ven junto a estas líneas, dice textualmente lo siguiente: "El juez delegado de la de la Corte Civil del Tribunal cantonal, en aplicación del artículo 340 CPC, ordena:

1. Prohibir a la UEFA validar los resultados de los partidos del grupo I de la UEFA Europa League 2011/2012, y por consiguiente la clasificación de dicho grupo, en acorde a estas medidas provisionales.

2. Los costes y gastos se gestionarán acorde a estas medidas provisionales.

3. Declara la orden presente inmediatamente vinculante y seguirá en vigor hasta que se resuelvan dichas medidas provisionales".

Las medidas provisionales a las que se refiere son las que emitió el martes tras denuncia de Christian Constantin, presidente del Sion, en la que exige a la UEFA que restituya al Sion. El presidente del club suizo, exguardameta del Neuchatel y presidente de uno de los estudios de arquitectura más reputados de Suiza, se apoyó en esta sentencia para iniciar su cruzada contra FIFA y UEFA.

El Sion fue descalificado de la Europa League el pasado 2 de septiembre. El conjunto suizo había ganado la eliminatoria previa al Celtic, pero el equipo escocés denunció alineación indebida de seis rivales, entre ellos el español Gabri. El motivo era la prohibición para fichar que pesaba sobre el Sion por haber contratado en febrero de 2008 al portero egipcio Al Hadari, que se marchó a Suiza atraído por una superoferta y rompió unilateralmente su contrato. Su club, el Al-Ahly, presentó una denuncia ante la FIFA y el Sion fue sancionado con una multa de 750.000 euros (que Constantin pagó al primer requerimiento) y un período de dos años sin poder realizar fichajes. Aquí está la clave del conflicto: mientras que Constantin, apoyado por la sentencia judicial favorable, sostiene que la prohibición para fichar expiró en junio, la UEFA afirma que sigue vigente hasta diciembre próximo.

La Ley Antidopaje española se adapta al Código Mundial de la AMA







El Gobierno ha aprobado la modificación de la Ley Orgánica de protección de la salud y de lucha contra el dopaje en el deporte, la conocida como 'Ley Antidopaje', para adecuarla al Código Mundial de la Agencia Mundial Antidopaje (AMA), según anunció este viernes el ministro de Fomento y portavoz del Gobierno, José Blanco, tras la reunión del Consejo de Ministros.

José Blanco recordó que España "es uno de los pocos países" que cuentan, desde 2006, con una legislación amplia en materia de lucha contra el dopaje. "Con esta decisión España vuelve a situarse en la vanguardia de la lucha contra el dopaje. No sólo implantamos las recomendaciones internacionales sino que además introducimos los criterios del Código de la AMA", indicó.

Asimismo, para Blanco la nueva Ley Antidopaje "mejora la eficacia en la persecución de las prácticas delictivas endureciendo las sanciones y mejorando las garantías y la seguridad jurídica de los deportistas" implicados en casos de dopaje. "Esta modificación protegerá a nuestro deportista y fortalecerá la imagen de nuestro deporte en el mundo", manifestó.

De esta forma, la Ley Antidopaje española, impulsada por el exsecretario de Estado para el Deporte Jaime Lissavetzky y aprobada en 2006 con el apoyo de todos los partidos políticos, cumple con el nuevo Código Mundial Antidopaje, que entró en vigor en 2009, y se garantiza el "absoluto cumplimiento de la normativa internacional", indica el Consejo Superior de Deportes (CSD) en un comunicado.

"Se trata de mantener nuestro marco legal de lucha contra el dopaje en el grupo de cabeza y garantizar nuestras opciones para la organización de grandes competiciones internacionales", añade el CSD en la nota.

La no adecuación de la Ley Antidopaje española al Código de la AMA fue uno de los puntos negativos que apuntó la Comisión de Evaluación del COI en el informe que redactó y que hizo público, en septiembre de 2009, tras supervisar el proyecto de la candidatura olímpica de Madrid para los Juegos de 2016.

El nuevo texto pretende estrechar y agilizar la colaboración entre los órganos jurisdiccionales y administrativos competentes en materia de dopaje y racionalizar la acción administrativa consolidando y potenciando la Agencia Estatal Antidopaje (AEA), que liderará las actuaciones de los poderes públicos y las organizaciones deportivas.

Asimismo, la reforma de la Ley recoge aspectos para garantizar y dar seguridad jurídica a los deportistas en los controles antidopaje y los procedimientos disciplinarios. En este sentido, se precisa que están prohibidos los controles entre las 11 de la noche y las 6 de la mañana, salvo que existan causas médicas excepcionales que obliguen a ello.

Respecto a la obligación de localización de los deportistas, el llamado 'Sistema ADAMS', se establece que sólo constituirá infracción cuando el incumplimiento se repita tres veces en un plazo de 18 meses, lo que supone una flexibilización de la norma que contemplaba una sanción de tres meses al primer incumplimiento.

También se regula la suspensión provisional de la licencia federativa cuando se inicie un procedimiento disciplinario como consecuencia de un positivo y se amplía el plazo de prescripción de las infracciones a ocho años.

Asimismo, establece que la imposición de una sanción o procedimiento disciplinario por dopaje supondrá la pérdida de las ayudas económicas públicas, caso de las becas ADO, y el reintegro de los premios obtenidos, así como la regulación de la suspensión provisional de la licencia federativa.

Por otro lado, la Agencia Estatal Antidopaje y la Comisión de Control y Seguimiento de la Salud y el Dopaje podrán personarse en procesos penales que se sigan por conductas presuntamente delictivas en materia de dopaje.

lunes, 5 de septiembre de 2011

El Fenerbache ha presentado una demanda contra la UEFA y la Federación Turca de Fútbol ante el Tribunal Arbitral del Deporte (TAS) por su exclusión de la Liga de Campeones





El Fenerbahce ha presentado una demanda contra la UEFA y la Federación Turca de Fútbol ante el Tribunal Arbitral del Deporte (TAS) por su exclusión de la Liga de Campeones debido a su presunta participación en una red de amaño de partidos.

El Fenerbahce, que anunció previamente que había designado a dos abogados para su defensa, presentó la demanda en el TAS el 1 de septiembre y habría solicitado 45 millones de euros en concepto de daños y perjuicios, aunque aclaró que se reserva adoptar acciones legales para la defensa de sus derechos por la exclusión de la máxima competición continental.

Asimismo, el club turco pide una medida provisional para reintegrar al Fenerbahce a la Liga de Campeones, una decisión que confía que se adopte este próximo fin de semana, antes del arranque de la fase de grupos de la Liga de Campeones.

A finales de agosto la Federación Turca (TFF) rechazó la petición del club para jugar en una división inferior, alegando que el Fenerbahce no había realizado una petición formal por escrito.

La TFF ha dicho que no tomaría ninguna decisión con respecto a las personas o clubes envueltos en el supuesto amaño de partidos hasta que un tribunal turco acepte la acusación y ponga fin a la prohibición de la divulgación de pruebas. Esto podría llevar varios meses.

Sin embargo, bajo la presión de la UEFA, la TFF excluyó al Fenerbahce de la Liga de Campeones, permitiendo al subcampeón de la liga turca, el Trabzonspor, ocupar su plaza.

La TFF aplazó el inicio de la temporada un mes, hasta el 9 de septiembre, debido a la investigación que se lleva a cabo por la presunta compra de encuentros en la primera división de su país.

Jean-Louis Dupont defenderá al Fenerbahce ante el TAS

El conjunto turco será defendido por el bufete Roca Junyent, liderado por Jean Louis Dupont. El Fenerbahce pide en su demanda una indemnización de 45 millones de euros en concepto de daños y perjuicios y que se le restituya el derecho de participar en la Liga de Campeones.

Es por esto que el club de Estambul ha contratado al bufete de abogados Roca Junyent, liderado por el belga Jean Louis Dupont, para que se haga cargo de la defensa ante el TAS.

El TAS ha dado a los denunciados un plazo hasta mañana por la noche para que presenten sus alegaciones y se espera que haga pública su primera decisión sobre el caso esta semana o la siguiente, de acuerdo a un experto en pleitos deportivos citado por el diario ''Fanatik''.

Dupont está dedicado al Derecho del Deporte desde 1990 y ha logrado sentencias históricas como la absolución del nadador español David Meca de un caso de presunto dopaje por nandrolona o el famosos ''Caso Bosman''.