La Comisión Ejecutiva del COI ha denegado el permiso a Sterbik, de origen serbio, y a Rutenka, nacido en Bielorrusia, ambos jugadores del Ciudad Real y nacionalizados españoles, para que compitan con la selección de Juan Carlos Pastor. Los dos tenían un informe favorable de los comités olímpicos de sus países de origen, pero el COI no dispone del visto bueno de la federación internacional, indicaron fuentes del organismo.
Además de no poder jugar con la selección española, la decisión impide a su club inscribir a otros jugadores en la lista de no seleccionables.
Un deportista puede participar en los Juegos Olímpicos con una nacionalidad distinta a la de origen si han pasado al menos tres años desde que compitió con ésta por última vez, o si, habiendo transcurrido menos tiempo, hay acuerdo entre los comités olímpicos nacionales y con la federación internacional implicada, según la regla 42 de la Carta Olímpica.
Aprobó otros cambios
El Consejo de Ministros aprobó el pasado 25 de enero dos Reales Decreto por los que se concedía la nacionalidad española por carta de naturaleza a Sterbik y Rutenka. Días después ambos jugadores recibieron juraron la Constitución y recibieron el Documento Nacional de Identidad español.
En los dos casos se aportaban como circunstancias excepcionales el hecho de que son deportistas con un excelente potencial y cuentan con un dilatado historial deportivo. La Ejecutiva del COI aprobó, en cambio, otros seis cambios de 'nacionalidad deportiva'.
Además de no poder jugar con la selección española, la decisión impide a su club inscribir a otros jugadores en la lista de no seleccionables.
Un deportista puede participar en los Juegos Olímpicos con una nacionalidad distinta a la de origen si han pasado al menos tres años desde que compitió con ésta por última vez, o si, habiendo transcurrido menos tiempo, hay acuerdo entre los comités olímpicos nacionales y con la federación internacional implicada, según la regla 42 de la Carta Olímpica.
Aprobó otros cambios
El Consejo de Ministros aprobó el pasado 25 de enero dos Reales Decreto por los que se concedía la nacionalidad española por carta de naturaleza a Sterbik y Rutenka. Días después ambos jugadores recibieron juraron la Constitución y recibieron el Documento Nacional de Identidad español.
En los dos casos se aportaban como circunstancias excepcionales el hecho de que son deportistas con un excelente potencial y cuentan con un dilatado historial deportivo. La Ejecutiva del COI aprobó, en cambio, otros seis cambios de 'nacionalidad deportiva'.
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